El Boletín Oficial del Estado (BOE N.º 95 de 21 de abril de 2021)  publicó la Resolución de 14 de abril de 2021, de la Dirección General de Transporte Terrestre, por la que se establece la remisión de los ficheros de asistencia generados por la aplicación informática de los sistemas de control biométrico cuando los cursos para la obtención del certificado de aptitud profesional, se desarrollen en sábados, domingo o días festivos.

La Resolución de 23 de julio de 2020, de la Dirección General de Transporte Terrestre por la que se establecen las características que deben reunir los sistemas de control biométrico en los centros de formación de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, establece que los ficheros generados automáticamente por la aplicación informática de registro de asistencia deberán remitirse diariamente al finalizar la jornada lectiva.

La remisión de dichos ficheros cuando los cursos se desarrollen en sábados, domingo o días festivos, podría conllevar, en determinados casos, la necesaria adopción de medidas organizativas extraordinarias por parte de los Centros de Formación.

Así, mediante esta Resolución se procede a modificar el apartado primero, punto tercero de la Resolución de 23 de julio de 2020, de la Dirección General de Transporte Terrestre por la que se establecen las características que deben reunir los sistemas de control biométrico en los centros de formación de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, quedando con la siguiente redacción:

«La aplicación informática del sistema de control de acceso deberá poder generar un fichero de registro de asistencia de los alumnos de forma automática, en un formato con las características señaladas en el anexo, para su remisión a la Dirección General de Transporte Terrestre a través de la aplicación para la “Gestión de la formación de los conductores profesionales (CAP)”, disponible en la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

– El fichero deberá remitirse diariamente al finalizar la jornada lectiva. En el caso que los cursos se desarrollen en sábado, domingo o días festivos la remisión de los ficheros se podrá realizar al día siguiente hábil.

– Se deberá indicar expresamente que la información remitida es veraz y ha sido obtenida directamente del sistema de control biométrico disponible en el centro.»

Puede consultarse el texto completo de la resolución en el siguiente enlace:

https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/21/pdfs/BOE-A-2021-6360.pdf